Gasóleos San Marcos

  1. OBJETO

El presente documento tiene por objeto regular las condiciones bajo las que se realizará, por parte de Gasóleos San Marcos, el suministro de gasóleos a titulares de instalaciones para la recepción del producto objeto de suministro.

  1. CALIDAD Y CANTIDAD DEL GASOLEO SUMINISTRADO

Gasóleos San Marcos entregará al titular de la explotación el tipo de gasóleo solicitado previamente, producto de la máxima calidad, y que se ajusta rigurosamente a las especificaciones oficiales vigentes publicadas en el BOE, y que se encuentran a disposición del cliente en las oficinas y establecimientos comerciales de Gasóleos San Marcos. La cantidad de producto suministrado al cliente es la reflejada en el albarán que en señal de conformidad

  1. TRANSPORTE, ENTREGA Y PROPIEDAD

Las entregas de producto se efectuarán con camión cisterna, siendo su periodicidad la acordada por las partes. Desde el momento en el que el producto atraviesa la boca de conexión del tanque receptor del cliente, éste pasa a ser de su propiedad y asume el riesgo y la responsabilidad, que deriven de su custodia.

  1. PRECIO, FACTURACION Y PAGO

El precio acordado entre el Cliente y Gasóleos San Marcos, que incluirá los impuestos vigentes, legalmente establecidos en cada momento, será abonado en la forma y plazo pactados previamente a la entrega del producto, Gasóleos San Marcos emitirá una factura de conformidad con las cantidades que figuran en los albaranes de entrega que el Cliente ha firmado de conformidad. Todo impago parcial o total de una sola factura, dará el derecho, sin perjuicio de la adopción de cualquier otra medida que legalmente corresponda, a reclamar sin previo aviso, el pago inmediato de todo el importe pendiente de cobro, incluso el no vencido, y de subordinar el suministro de un nuevo pedido a este pago. Gasóleos San Marcos se reserva el derecho a fijar un límite de crédito para cada Cliente, y a subordinar las entregas en base a ese límite, a la presentación de una garantía de pago acorde con el riesgo.

  1. PROTECCION DE DATOS

El tratamiento de datos de carácter personal del cliente, en el supuesto de personas físicas, se realizará de conformidad con la legislación vigente en cada momento sobre la protección de datos de carácter personal. Salvo manifestación en contra expresa, el cliente da su conformidad para el uso de sus datos en futuras acciones promocionales o comerciales de Gasóleos San Marcos.

  1. RECLAMACION POR CANTIDAD Y/O CALIDAD DEL GASOLEO

Solamente se admitirán aquellas reclamaciones por cantidad que sean formuladas por escrito en el albarán de entrega en el momento de la recepción del producto. Las reclamaciones relacionadas con la calidad del producto se deberán remitir por escrito a Gasóleos San Marcos en el plazo máximo de treinta días naturales contados a partir de la fecha del suministro.  Dichas reclamaciones solo se aceptarán cuando se trate de muestras tomadas del camión cisterna antes de la descarga. Solamente se aceptarán reclamaciones sobre muestras de nuestro producto tomadas del tanque del CLIENTE cuando este pueda probar la exclusividad de suministro por parte de GASOLEOS SAN MARCOS de la totalidad del producto existente en el tanque, y justifique la limpieza del tanque en un plazo inferior a dos años. El número de muestras a tomar será de tres, que debidamente precintadas inequívocamente por el número de pedido, se entregará una al CLIENTE, otra a GASOLEOS SAN MARCOS y la tercera se enviará a los laboratorios CEPSA para su análisis. En el supuesto de disconformidad con los resultados de los análisis realizados por el citado laboratorio, se acudirá a un laboratorio independiente acreditado, cuya decisión acatarán las partes sin apelación. Los costes de inspección del laboratorio independiente, de los que se informará previamente al CLIENTE, serán costeados por este si el producto fuera conforme con la especificación.

  1. ASISTENCIATECNICA

A requerimiento del CLIENTE, Gasóleos San Marcos le prestara la asistencia técnica necesaria con el fin de asesorarle sobre aspectos relacionados con el almacenamiento y utilización de los productos suministrados.

  1. JURISDICCION

Las partes, con renuncia a su propio fuero, se someten a la jurisdicción de los tribunales de A Coruña, para cualquier duda, discrepancia, diferencia o litigio que surja directa o indirectamente entre las mismas como consecuencia de la interpretación o ejecución de los pedidos.

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